¡Bienvenidos!
Asamblea General Extraordinaria Marzo 2024
Asamblea Virtual (no presencial)
Bogotá D.C. Febrero 26 de 2024
Señores Doctores
Miembros Eméritos, Honorarios y de Número
Sociedad Colombiana de Cirugía Plástica Estética y Reconstructiva
SCCP
Presente
Respetados doctores:
En cumplimiento a los estatutos vigentes de la Sociedad Colombiana de Cirugía Plástica Estética y Reconstructiva, la Doctora María Isabel Cadena Ríos, Presidente en ejercicio, a través del Secretario General, Doctor Freddy Rodríguez, convoca a Asamblea Extraordinaria, que se llevará a cabo de manera no presencial, en modalidad virtual, el día jueves 14 de marzo de 2024 a partir de las 7:30 p.m. “La Asamblea General se desarrollará, con base en lo dispuesto por los Artículos 1 y 2 del decreto 398 de 2020 por medio del cual se reglamenta el artículo 19 de la Ley 222 de 1995, en el cual se redefinen los alcances de los regímenes de mayorías para llevar a cabo las sesiones de la Asambleas Generales, que establecen:
Para los efectos de las reuniones no presenciales de que trata el artículo 19 de la Ley 222 de 1995, modificado por el artículo 148 del Decreto Ley 019 de 2012, cuando se hace referencia a «todos los socios o miembros» se entiende que se trata de quienes participan en la reunión no presencial, siempre que se cuente con el número de participantes necesarios para deliberar según lo establecido legal o estatutariamente.
En el alcance se deberá indicar el medio tecnológico y la manera en la cual se accederá a la reunión por parte de los socios o sus apoderados. El alcance deberá hacerse por el mismo medio que se haya utilizado para realizar la convocatoria.”
Todas las personas jurídicas, sin excepción, estarán facultadas para aplicar las reglas previstas en los artículos 1 y 2 del Presente Decreto en la realización de reuniones no presenciales de sus órganos colegiados.
Para todos los efectos, se desarrollará la sesión virtual a través de una plataforma, el enlace de acceso le será enviado a los asambleístas a través de los correos registrados en la base de datos de la Sociedad Colombiana de Cirugía Plástica Estética y Reconstructiva. (SCCP).
En lo referente al quorum se tendrá en cuenta lo establecido en nuestros estatutos:
Artículo 24. QUORUM. Tanto la reforma de Estatutos como la modificación de los Reglamentos requirieren una mayoría de las dos terceras partes del quórum inicial de los asistentes a la reunión de la Asamblea General.
Parágrafo 1. Las demás decisiones se adoptarán por mayoría simple de los votos de los miembros asistentes con derecho a voto.
Orden del día
1.Verificación del quórum .
2.Lectura y aprobación del orden del día
3.Designación del Presidente y secretario de la asamblea
4.Nombramiento de la comisión para verificación y aprobación del texto de la presente asamblea
5. Aprobación del proceso electoral de la Junta Directiva Nacional de la SCCP6.Cierre de la Asamblea
7.Aprobación del acta de la asamblea extraordinaria
Durante toda la Asamblea se procederá a verificar la identidad de los asistentes: el representante legal deberá́ verificar la identidad de las personas que participen de la reunión para dejar constancia de la asistencia de los asociados.
.